Una sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) le quitĂł dos diputaciones al Partido de la LiberaciĂłn Dominicana (PLD) y se las otorgĂł al Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el Partido Humanista Dominicano (PHD).
El TSE ordenĂł a la Junta Central Electoral (JCE) dejar sin efecto la proclamaciĂłn emitida a favor de Carmen Adalgisa Mustafa LĂłpez, en virtud del efecto devolutivo que genera dicha decisiĂłn y por tanto proclamar como diputado por la circunscripciĂłn No. 3 de la provincia San CristĂłbal a Frank Guerrero Mateo, en representaciĂłn del PRM y aliados, por ser este el segundo más votado en la propuesta de candidaturas presentada por la referida organizaciĂłn polĂtica.
Mientras, tambiĂ©n ordenĂł dejar sin efecto la proclamaciĂłn y el certificado de elecciĂłn emitido a favor de Carlos GarcĂa LĂłpez, en virtud del efecto devolutivo que genera dicha decisiĂłn y por tanto proclamar como diputado por la provincia Barahona a Manuel Miguel Florián Terrero, en representaciĂłn del PHD y aliados, por ser este el segundo más votado en la propuesta de candidaturas presentada por la referida organizaciĂłn polĂtica.
Con esta nueva sentencia de la Alta Corte, el PLD ahora pasará a tener 74 diputados en lugar de 76; el PRM 94 y el PHD ahora tendrá uno.
El TSE tambiĂ©n ordenĂł la elaboraciĂłn y entrega del certificado de elecciĂłn a nombre del ciudadano Manuel Miguel Florián Terrero, como diputado de la provincia Barahona en representaciĂłn del Partido Humanista Dominicano (PHD) y aliados, enviar un ejemplar a la Cámara de Diputados para los fines correspondientes y archivar un tercer ejemplar en la SecretarĂa General de la Junta Central Electoral.
Sobre Barahona, el TSE ordenĂł acoger la decisiĂłn contenida en el dispositivo de la Sentencia TSE-835- 2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral en fecha 10 de agosto del 2020 y, en consecuencia, acoger la correcciĂłn al boletĂn municipal electoral en el nivel de diputaciones que dispusiera la Junta Electoral de Barahona, mediante ResoluciĂłn No. 2112020, de fecha 22 de julio del 2020.
En el caso de San CristĂłbal, el TSE ordenĂł acatar la decisiĂłn contenida en el dispositivo de la Sentencia TSE-815- 2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral en fecha 5 de agosto del 2020 y, en consecuencia, acoger la auditorĂa y correcciĂłn del formulario de votaciĂłn a travĂ©s del cĂłmputo electoral en el nivel de diputaciones que dispusiera la Junta Electoral de Bajos de Haina, mediante ResoluciĂłn No. 002912020, de fecha 22 de julio del 2020.
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