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Jurista Cándido Simón afirma Leonel Fernández no puede ser candidato por ningún partido político en 2020, porque la Ley se lo prohíbe

Plantea ex mandatario podría inscribirse ante JCE de forma independiente
Santo Domingo, R.D.-El jurista y experto en derecho constitucional, Cándido Simón afirmó que el ex presidente Leonel Fernández no puede ser inscrito ante la Junta Central Electoral como candidato presidencial por la Fuerza del Pueblo, ni por ninguna organización política, porque la Ley 33-18 se lo prohíbe.
Entrevistado por el periodista Vargavila Riverón en el programa “Frías y Calientes”, a través del canal Hilando Fino TV, Simón recordó que la legislación impide a Fernández presentar su candidatura en el organismo electoral, ya que fue precandidato por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el proceso de primarias del 6 de octubre pasado, donde resultó elegido Gonzalo Castillo.
No obstante, el profesional del derecho manifestó que el ex mandatario, quien aspira a volver a la presidencia de la República podría inscribirse como candidato independiente, partiendo de la decisión del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional el numeral 12 del artículo 25 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, cuya sentencia estableció además la inscripción de candidaturas independientes, como forma de garantizar el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegidos.
“Leonel por la Fuerza del Pueblo no puede inscribirse y tampoco por ningún partido político porque ya fue precandidato por el PLD y la Ley se lo prohíbe, eso no está en discusión, pero si lo hace individual, de manera independiente podría ser, lo que la Constitución no condiciona se puede incorporar por Ley”, declaró.
Cándido Simón agregó que, “eso de insistir Leonel Fernández en inscribirse parece un tema tonto, pero desde mi punto de vista no está prohibido, lo que sí está impedido es hacerlo por un partido, movimiento o agrupación política y si la Junta Central le acepta la inscripción evidentemente habrá oposición, y si la decisión es oponible iría al Tribunal Superior Electoral o al Tribunal Superior Administrativo”.

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