310 préstamos de su cartera son fraudulentos
ascendentes a RD$158,496,351.
La FiscalĂa del Distrito Nacional, representada por la Licda. Yeni Berenice Reynoso GĂłmez, Joanna GarcĂa Rivas y Elvira RodrĂguez, Procuradoras Fiscales Titulares depositaron formal acusaciĂłn en contra los contra los señores LUIS FELIPE ROMERO NAVARRO, Presidente del Consejo de AdministraciĂłn, ELUCIPIO ROMERO NAVARRO, Vicepresidente del Consejo de AdministraciĂłn, JUAN FELIPE ROMERO NAVARRO, Secretario del Consejo de AdministraciĂłn, de la CORPORACION DE CREDITO RONA.
A los mismos se les acusa de La ComisiĂłn De Los Delitos De ViolaciĂłn, al ArtĂculo 80 literales (d), (e) y (f) de la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 de fecha 21 de noviembre de 2002 que sancionan penalmente la violaciĂłn de las normas y procedimientos bancarios, ArtĂculo 408 del CĂłdigo Penal Dominicano que tipifica el de Abuso de Confianza, ArtĂculo 405 del CĂłdigo Penal Dominicanoque tipifica la estafa, ArtĂculos 59 y 60 del CĂłdigo Penal Dominicano que sanciona la complicidad,ArtĂculos 265 y 266 del CĂłdigo Penal de la RepĂşblica Dominicana que prevĂ©n la AsociaciĂłn de malhechores ,ViolaciĂłn a los artĂculos 1, 3, 7 y 8 de la Ley No. 72-02Sobre Lavado de Activos Provenientes de infracciones graves.
Dichas querellas fueron depositadas por el representante legal de los afectados el Abogado, Cesar Amadeo Peralta, quien lleva varios casos por diferentes fraudes bancarios y acusa a los directivos de la CorporaciĂłn de CrĂ©dito Rona S.A., de negarse a devolverles a sus representados el dinero invertido a travĂ©s de certificados de inversiĂłn que superan en este caso unos RD$50,000,000 millones de pesos y que han sido infructuosas todas las diligencias a fin de que los directivos accedan a devolverle sus depĂłsitos, lo que constituye una franca violaciĂłn a la ley monetaria y financiera, tipifica el delito de abuso de confianza y por ende el enriquecimiento ilĂcito o lavado de activos provenientes de infracciones graves.
quien a parte de los delitos mencionados, les imputa, Falta de gestiĂłn, Falta de polĂticas y procedimientos, Registros inadecuados de operaciones en la Cuenta No. 147 que era la denominada cuenta por recibir, La CorporaciĂłn de CrĂ©ditos Rona S.A,presentĂł graves deficiencias en la instrumentaciĂłn de los prĂ©stamos que integraban la cartera.
Relata el abogado Amadeo Peralta, que la CorporaciĂłn de CrĂ©dito Rona S.A. es una entidad regulada y registrada por la superintendencia de bancos Rep. Dom. por lo que esta entidad estaba pagando hasta un 35% de interĂ©s anual, y los accionistas-ejecutivos de la CorporaciĂłn, se vieron compelidos a informar al Ă“rgano Supervisor, mediante la firma de documentos preparados por ellos, al efecto, que del capital total de la cartera de prĂ©stamos que ascendĂa a RD$183,846,037.00, al 25 de agosto de 2016, el importe de RD$158,496,351.00 corresponde a prĂ©stamos ficticios, es decir, falsamente instrumentados y que solo la suma de RD$25,349,686.00 pertenece a prĂ©stamos reales.
Asimismo, los ejecutivos de la financiera, informaron que, además del total de los certificados de inversiĂłn registrados en libro al 25 de agosto de 2016, ascendentes a RD$159,173,143.00, segĂşn reporte de Contabilidad AnalĂtico Diario, existen sesenta (60) certificados de inversiĂłn, correspondientes a diecisĂ©is (16) clientes, por un valor de RD$32,292,771.45, que no han sido registrados en la contabilidad, como se evidencia. Éstas captaciones generan además un faltante de encaje legal por la suma de RD$3,113,819.65. Esta práctica constituĂa un artificio para simular estar encajados en el Banco Central y evitar, de esa forma, el depĂłsito correspondiente al requerimiento de encaje legal.
Estos podrĂan enfrentar hasta 20 años de prisiĂłn y multas de ser hallados culpables de estos delitos.
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