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Denuncian torres violan requisitos ambientales

Cientos de torres y otras construcciones que se levantaron en el Gran Santo Domingo en las últimas décadas no cumplen con los requisitos medioambientales estipulados en la ley 64-00, informó esta mañana el director de Medio Ambiente del Distrito Nacional, Iván Lorenzo.

Ante tal situación advirtió que suspenderá todas las construcciones de obras que se estén levantando y que no cumplan con las estipulaciones establecidas por la ley.

“La mayorĂ­a no tiene una planta de tratamiento como exige la ley y lo que se ha hecho durante todos estos años es que donde habĂ­a una casa con un pozo sĂ©ptico, por ejemplo, se levantĂł una torre donde ahora viven 80 0 90 personas y se construyĂł un pozo tubular al lado del sĂ©ptico y esto provoca que se contaminen las aguas con la materia fecal”, explicĂł.

Lorenzo lamentĂł que en la mayorĂ­a de los casos el otorgamiento de permiso de construcciĂłn en el Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo “se hacĂ­a más por el cobro de los impuestos que para cumplir con las normas de seguridad y salud de la gente”.

Medio Ambiente entregaba el Certificado de Registro de Impacto Mínimo (CRIM) dando el visto bueno para que se levantara la obra, pero los inspectores no volvían más por el lugar, según expuso.

El funcionario reconociĂł que la DirecciĂłn Medioambiental del Distrito Nacional no tenĂ­a personal ni logĂ­stica para dar seguimiento a las construcciones y que cumplieran con las normas de Medio Ambiente, “pero ahora tenemos un personal suficiente y capacitado y queremos advertir que suspenderemos todas las construcciones que se estĂ©n levantando sin cumplir con estos requisitos”.

“Para nadie es un secreto que más del 90 por ciento de las obras que se levantaron en las Ăşltimas dĂ©cadas en el Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo no cumplen con estos requisitos. Ni tienen planta de tratamiento, ni garantizan la seguridad de los empleados y carecen de los filtros anaerĂłbicos”, sostuvo el funcionario.

El documento CRIM es la exigencia de la construcción de un séptico con filtro anaeróbico en todos los proyectos habitacionales y comerciales desarrollados en la capital.

Lorenzo dijo que este requisito, mejor conocido como planta de tratamiento para el manejo de las aguas residuales, es obligatorio independientemente de que en la zona donde se construye el proyecto haya o no alcantarillado cloacal.

Agrega que la DirecciĂłn de Medio Ambiente del Distrito Nacional iniciĂł un amplio operativo de inspecciĂłn en las obras de construcciĂłn que se levantan en la capital a los fines de verificar el cumplimiento de los requerimientos del CRIM de la instituciĂłn.

En tal sentido indicó quienes no estén cumpliendo dicha disposición serán sancionados conforme lo dispone la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente.

El funcionario considerar que “es muy importante el seguimiento que le damos a todos los proyectos para asegurarnos de que se cumpla con lo estipulado en los CRIM”.

Lorenzo explicó que una planta de tratamiento es un séptico con varias cámaras para una última cámara, que es el filtro.

UN APUNTE

Requisitos

Entre los requisitos exigidos por Medio Ambiente están una
planta de tratamiento, pago de 2 mil pesos, plano catastral del proyecto, permiso de uso de suelo del Ayuntamiento, filtro anaerĂłbico, plano de distribuciĂłn del proyecto.

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